domingo, 9 de agosto de 2009

RESUMEN DE CLASE DE LA SEMANA TRES

Cabe destacar que los ilícitos tributarios son los actos y acciones de atentar contra las normas tributarias y dichos ilícitos atienden a una clasificación: formales los cuales se organizan por el incumplimiento de los deberes formales (inscripción de los registros, emisión o exigir comprobantes, llenar libros de contabilidad, entre otros) ilícitos relativos a los aspectos gravados y fiscales, la constituyen los ilícitos relativos a estos espacios. Ejercer la industria o importación de especies gravadas su autorización de lo relacionado con efectuar , normalizar, cancelar, producir, expender, distribuir, especies gravadas y fiscales sin la previa autorización AT); dichos materiales los constituyen el retraso de comicios en el pago de tributos, pago de anticipos, el incumplimiento de las obligaciones de retener o percibir y la obligación de devoluciones o reembolsos individuales y por ultimo mencionamos a los ilícitos sancionados con sumas restrictiva de libertad los cuales son constituidas por la defraudación tributaria, la falta de mantenimiento de conceptos por parte de los agentes de retención y la divulgación o el uso personal o indebido de la información confidencial no afecte la posición competitiva terceros. Cabe destacar que todos estos ilícitos son sancionados de acuerdo al Código Orgánico Tributario de acuerdo a circunstancias agravantes o atenuantes y se expresa algunos casos por las cuales se extingue estos ilícitos.

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